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Información de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos – APYME Asesores

Información de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos

por diciembre 9, 2018alquiler turístico

Con efecto desde el ejercicio 2018, las personas y entidades que intermedien entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, está obligados a presentar el modelo 179 (Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos).

Se consideran intermediarios a efectos de la obligación de presentar el modelo 179 , las personas o entidades que constituidas como plataformas colaborativas, intermedien en la cesión de uso y tengan la consideración de prestador de servicios de la sociedad de la información. Tienen la consideración de intermediarios a estos efectos, no sólo los intermediarios digitales, sino cualquier otro (intermediarios analógicos o tradicionales), cuya actividad en la operación haya consistido en la efectivo confluencia entre oferta y demanda de la cesión de dichas viviendas.

El plazo de presentación del modelo 179 es trimestral, debiendo declarar las cesiones realizadas en cada trimestre natural durante el mes siguiente a la finalización del correspondiente trimestre.

Con carácter excepcional, la declaración correspondiente al ejercicio 2018 tendrá carácter anual, debiendo presentarse entre el 1 y 31 de enero de 2019.

Fuente: Agencia Tributaria